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sábado, 14 de agosto de 2010

INFORMACIÓN A LA COMUNIDAD

Es deber informar a la población de nuestra localidad acerca de los pasos adoptados con respecto al tema COOPERSER .
La Comuna toma el tema como prioritario desde el momento en que una innumerable cantidad de vecinos acudieron a nuestro edificio con un problema claro y evidente: el incremento que se reflejó en las boletas de luz del mes de junio (con vencimiento en el mes de julio). Ante el pedido concreto de que la autoridad comunal tome este tema como prioritario, se plantearon distintos tipos de propuestas o soluciones, entre las que se encontraban manifestaciones de carácter confrontativo y violento, las cuales fueron rechazadas por completo, porque desde nuestra gestión apostamos al entendimiento a través del diálogo. Luego un grupo de personas solicitó autorización para juntar firmas en la localidad, con la finalidad de pedir una reunión o asamblea extraordinaria y así poder aclarar la situación. La gestión comunal decidió acompañar a los vecinos en su propuesta, desde el lugar de habitante común y consumidor del servicio, ya que no es atribución de la Comuna autorizar o no un pedido de esa índole. Vale aclarar, por otro lado, que no es impedimento que se utilice ese medio para solicitud de tratamientos de temas extraordinarios.
Estudiando el tema se advierte que es facultad de la Gestión Comunal intervenir en el correcto desarrollo de la prestación de los servicios públicos, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica de Municipios y Comunas de la Provincia de Santa Fe, Ley Nº 2439, artículo 45.
Un ejemplo similar es el referido al agua potable: ENRES (Ente Regulador de Servicios Sanitarios) autoriza la tarifa que se cobrará en la localidad previa aprobación de la misma por parte de la Comuna mediante una ordenanza. Con respecto a este tema, cabe informar que a principios de 2010, ENRES intimó a nuestra Comuna por estar cobrando desde hacía dos años una tarifa que no estaba aprobada por ninguna de las partes.
A sabiendas entonces que cualquier servicio que se preste en el Pueblo debe ser aprobado o autorizado por la autoridad comunal, se realizó una búsqueda en actas anteriores y en libros de ordenanzas del contrato de concesión del servicio de electricidad o algún documento respaldatorio. Ante la inexistencia de esto, se envió carta documento a COOPERSER, solicitando la presentación de los contratos, tanto con la Comuna como con la EPE (Empresa Provincial de la Energía).
Queremos aclarar que estas medidas se adoptan para dar el marco legal correspondiente tanto a ésta como a todas las concesiones de servicios que realiza la Comuna y porque apostamos a discutir en conjunto y así poder aprobar una tarifa adecuada, como se realiza en la mayoría de las localidades en las que funcionan Cooperativas Eléctricas.

ESTAMOS A FAVOR DEL FUNCIONAMIENTO INDEPENDIENTE DE LAS INSTITUCIONES DE NUESTRA LOCALIDAD DENTRO DEL MARCO DE LA LEY.
ESTAMOS A FAVOR DE NUESTROS VECINOS.